Ordenanza 8426/15 Hurlingham
La moratoria de planos VIGENTE HASTA el 31 de diciembre del 2018 |
1- Quienes deben aprovechar esta moratoria?
Todas las personas que tengan una propiedad con CONSTRUCCIÓN CLANDESTINA sean de las dimensiones que fueran: la mayoría no cuenta con planos o los tiene desactualizados, ya sea porque lo desconoce.
“La regularización de obra clandestina no es “opcional” sino obligatoria”
2- Por que mi propiedad tiene que tener planos municipales?
Muchos no tienen los planos de su casa y se presenta esta necesidad ante algún impedimentos que en algún momento surgirá inevitablemente.
Muchos acuden a la registración cuando: tienen un local comercial clandestino y para habilitarlo necesita los planos. Si esta por vender, necesita los planos. Para que le cobren lo justo en los impuestos del municipio o de la provincia, debe tener los planos. Si no desea tener inconvenientes con sus linderos (sus vecinos) debe tener planos. Si desea subdividir un predio familiar, necesita planos. Para pedir un crédito de ampliación o reforma, necesita los planos. Si piensa en el PROCREAR, necesita los planos. Para evitar confusiones familiares de uso comunes o limites de propiedad en situaciones de PH necesita de planos municipales. Las intimaciones, denuncias, multas y actas labradas por los organismos municipales o provinciales son los casos más complejos ante la dejadez de sus habitantes. La lista continua.
Sitio web con información de la ordenanza vigente: http://hurlingham.gob.ar/
Pasos
1- Consulta inicial y sin compromiso
Puede llamar por teléfono al fijo 6698-4352 comentar su caso, sus características básicas.
2- Forma de trabajo:
Si esta de acuerdo en contratar el servicio, acordaremos día y hora de encuentro en la propiedad a medir/declarar. Se relevará el lote, medianeras y la construcciones cubiertas y semicubierta existentes (quincho, pileta, guardados, cochera, etc.). Acto seguido, acordaremos otro encuentro en el estudio para efectuar pagos, realizar nuevas inquietudes, firmar el contrato obligatorio para este tipo de tareas (que se adjuntará a la carpeta municipal).
3- Requisitos iniciales:
Los principales son:
- Fotocopia del último recibo de T.S.G. (debe estar al día)
- Fotocopia del último recibo de ARBA
- Copia total del plano anterior (si existiese)
- Fotocopia del DNI de los propietarios y/o apoderados (quienes figuren en la escritura)
- Fotocopia de escritura (título a su nombre o el familiar que figure)
«Cabe aclarar que la construcción a registrar debe presentarse terminada o habitable, es decir, no debe estar en obra (ni parcial ni totalmente)»
4- Duración del trámite
Depende de cada municipio y del caso particular del predio. Por lo general ronda los tres meses mínimo a seis meses, dependiendo del municipio.
5- Quién hace el trámite?
Solo el profesional con incumbencias, matricula provincial y municipal al día.
6- Costos
Inquietudes por otros servicios?
– Si lo desea llame al 6698-4352
Más info? lea la siguiente nota detallada en este link
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